Blog · 2026-07-01
Pensión de Alimentos de Hijo Mayor: Límite de Edad y Excepciones
¿Hasta qué edad se debe pagar pensión de alimentos en Chile?
Conoce los límites de edad legales (21 y 28 años) para el pago de la pensión alimenticia de los hijos y las excepciones vitalicias por motivos de salud.
La obligación de dar alimentos a los hijos no cesa automáticamente cuando estos cumplen la mayoría de edad (18 años). La legislación chilena (artículo 332 del Código Civil) prolonga este deber legal hasta que el alimentario cumple 21 años, o bien, hasta los 28 años si se encuentra matriculado y cursando estudios superiores o técnicos de forma regular.
Una vez cumplido el límite de edad en Valdivia, el cese del pago no opera de pleno derecho, debiendo el progenitor demandar judicialmente el cese de alimentos. No obstante, existen excepciones críticas donde el hijo mayor de 28 años puede seguir percibiendo la pensión de por vida debido a enfermedades graves crónicas o discapacidades severas.
Pasos a seguir
- Verificar el cumplimiento de la edad legal: Confirmar que el hijo alimentario ha cumplido los 21 o 28 años según corresponda.
- Verificar si finalizó sus estudios superiores: Confirmar si el joven ya egresó u obtuvo el título profesional de su carrera en la universidad o CFT.
- Interponer Demanda Civil de Cese de Alimentos: Presentar la demanda ante el Juzgado de Familia de Valdivia (el cobro no se puede suspender unilateralmente).
- Evaluar excepciones de salud del hijo mayor: El hijo puede contestar demandando la mantención de los alimentos en base a enfermedades crónicas incapacitantes.
- Sentencia que decreta el Cese de la obligación: Obtener la resolución del juez de familia que autoriza al empleador o banco a suspender la retención de alimentos.
La Excepción de la Discapacidad
La única causal legal que extiende de forma vitalicia el pago de la pensión de alimentos a favor de un hijo mayor de 28 años es la existencia de una discapacidad física o mental severa que le impida permanentemente valerse por sí mismo e incorporarse al mercado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Puedo dejar de pagar la pensión si mi hijo cumplió 28 años y no estudia?
No de forma unilateral. Dejar de pagar sin orden del juez de familia de Valdivia generará deudas acumuladas y apremios legales de arresto o arraigo. Debes tramitar siempre la demanda de cese de alimentos previa para formalizar la extinción del deber.
¿Qué pasa si el hijo de 25 años realiza un posgrado o magíster?
La ley señala que los alimentos se deben para la obtención de una 'profesión u oficio'. Los estudios de posgrado (magíster, doctorado) generalmente exceden la obligación alimentaria ordinaria, permitiendo al progenitor demandar el cese.
¿Dónde se tramita la demanda de cese de pensión alimenticia?
Se tramita en el Juzgado de Familia de Valdivia correspondiente al domicilio del alimentario (el hijo mayor de edad), requiriéndose obligatoriamente pasar por el trámite de mediación familiar previa.
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