Blog · 2026-07-17

La Objetividad en el Despido de Necesidades de la Empresa

¿Te despidieron por necesidades de la empresa debido a tu desempeño?

Conoce por qué la ley y los tribunales de Valdivia exigen que esta causal sea estrictamente objetiva, ajena al rendimiento del trabajador.

La causal de despido por necesidades de la empresa (consagrada en el artículo 161 del Código del Trabajo) tiene una característica doctrinaria e histórica fundamental: su carácter estrictamente objetivo. Esto significa que la causal debe estar asociada a razones técnicas, económicas o de mercado que afecten a la organización, y nunca al rendimiento, conducta o desempeño del trabajador.

Es una práctica ilegal muy habitual en Valdivia que los empleadores despidan a un trabajador utilizando esta causal bajo el argumento de que 'no cumplió las metas', 'llegaba tarde' o 'no tenía buena actitud laboral'. Los tribunales laborales de la Región de Los Ríos han señalado de forma unánime que **vincular el despido del Art. 161 al desempeño del trabajador lo transforma de inmediato en injustificado**.

Si el empleador pretendía sancionar al trabajador por bajo rendimiento o faltas a las obligaciones del contrato, debió invocar causales subjetivas del artículo 160 y someterse a la prueba correspondiente. Utilizar necesidades de la empresa como un comodín para despidos disciplinarios o subjetivos es sancionado por los jueces de Valdivia con la condena al recargo del 30% y la devolución forzada de los descuentos efectuados a la AFC. La objetividad de la causal impide fundar el despido en apreciaciones subjetivas de los directores o jefaturas. Si el despido obedece a rencillas personales o criterios arbitrarios, los tribunales laborales de Valdivia declararán improcedente el despido de inmediato.

Pasos a seguir

  1. Analizar las justificaciones verbales del despido: Verificar si el jefe mencionó motivos de desempeño al notificarte en Valdivia.
  2. Revisar la carta de despido escrita por el empleador: Confirmar que no mencione conceptos subjetivos como actitud o metas.
  3. Recopilar evaluaciones de desempeño históricas: Demostrar que tenías excelentes calificaciones y bonos por cumplimiento.
  4. Interponer la demanda laboral en los juzgados de Valdivia: Solicitar la declaración de despido injustificado por falta de objetividad.
  5. Declaración de improcedencia del despido por el juez: Obtener la orden de pago del 30% de recargo legal y reembolso de la AFC.

La Exclusión del Rendimiento del Trabajador

Para los juzgados del trabajo de Valdivia, las necesidades de la empresa deben ser **externas a la voluntad del empleador** e independientes de la conducta del trabajador. Mezclar evaluaciones de desempeño con el Art. 161 anula la causal.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si la carta menciona que el despido es por 'reestructuración para mejorar eficiencia'?

Mejorar la eficiencia es un fin lícito, pero la empresa en Valdivia debe demostrar que existía una causa económica real externa que obligaba a racionalizar, y no una simple decisión interna discrecional de cambiar trabajadores.

¿Puedo usar de testigos a mis compañeros de trabajo en Valdivia?

Sí. Los testimonios de compañeros de la empresa en Valdivia que declaren que tus funciones eran indispensables y que fueron asumidas por otra persona nueva contratada son clave para demostrar la falta de objetividad de la causal.

¿Qué ocurre si el empleador me ofreció una carta de recomendación al despedirme?

Es una prueba de descargo excelente para el trabajador. Si la empresa te entrega una carta de recomendación alabando tu desempeño en Valdivia, contradice el argumento de necesidades y demuestra la falsedad de la causal de despido.

¿El empleador puede argumentar pérdidas globales de la multinacional?

No necesariamente. La jurisprudencia de Valdivia señala que se debe acreditar la crisis en la **sucursal o unidad económica local** donde presta servicios el trabajador, no sirviendo pérdidas contables globales consolidadas en el extranjero.

¿Cuál es la diferencia con el despido por desahucio patronal?

El desahucio (Art. 161 inc. 2) no exige justificar causas. Pero en Chile solo se aplica a cargos de exclusiva confianza (gerentes, directores) con alto poder de representación, no pudiendo aplicarse a trabajadores comunes de Valdivia. Por ello, se recomienda encarecidamente contar con la representación y asesoría de un abogado laboralista especialista en Valdivia para resguardar debidamente tus intereses y garantizar que se te pague la totalidad de los recargos e indemnizaciones que la ley chilena te otorga.

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Nota: La información contenida en esta página es de carácter meramente informativo y no constituye asesoría jurídica formal. Para un análisis detallado de su caso particular, consulte a un abogado especialista.

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